25 de junio de 2008

Consultas Institucionales sobre Campo de Golf de 9 hoyos en el paraje de “El Fator” en Yecla con Expediente nº EIA 3015/07

La Asociación para la Investigación y Defensa del Altiplano (ANIDA) con domicilio en C/ Esteban Díaz, nº 52 Entresuelo A de Yecla, ante la Consulta Institucional sobre Campo de Golf de 9 hoyos en el paraje de “El Fator” en Yecla con Expediente nº EIA 3015/07 presenta las siguientes sugerencias:

PRIMERA: El proyecto de campo de golf se sitúa en las cercanías de varios Lugares de Interés Ambiental (LIA) descritos en el Mapa Ecológico del Término Municipal de Yecla, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Yecla el 28 de diciembre de 2005, en concreto del LIA Sierra de la Magdalena – Umbría del Fator y del LIA El Puerto. Estos espacios naturales gozan de un valor global ambiental, geológico y paisajístico alto. La fauna de estos espacios es variada, y destacan las aves de presa y los mamíferos carnívoros que utilizan la periferia de estas Sierras, donde se ubica el campo de golf, como zona de campeo y alimentación. Concretamente...
Concretamente en el Mapa Ecológico se recomienda que atendiendo a los valores existentes, estos LIAs necesitan un perímetro de protección que preserve las zonas de interés faunístico y paisajístico. Por tanto, consideramos que deberían describirse en el Estudio de Impacto Ambiental todos los valores que reúnen los LIAs circundantes, y en especial, las afecciones que el proyecto podría producir en la fauna existente.

SEGUNDA: Como se ha descrito en el apartado anterior los LIAs circundantes al proyecto poseen un valor paisajístico destacable, así como las zonas de cultivos adyacentes, configurando un paisaje rural - tradicional de alto valor. Entendemos que el proyecto de campo de golf, totalmente ajeno al carácter rural de nuestro municipio, en pleno corazón de unos de los parajes del término municipal de Yecla con unas características paisajísticas destacadas, podría causar un importante impacto visual negativo. Por tanto, consideramos que en la Memoria Ambiental debería estudiarse detenidamente el elemento paisaje así como las medidas a adoptar para minimizar los efectos del proyecto.

TERCERA: Uno de los recursos naturales básicos para el funcionamiento de un campo de golf es el agua, por tanto la Memoria Ambiental debería indicar cuales van a ser la necesidades hídricas del proyecto y con qué recursos se cuenta, así, también se debería contar con la autorización de la Confederación Hidrográfica del Segura. En este sentido, hemos de indicar que la Comarca Hidrogeológica del Altiplano cuenta con un déficit hídrico histórico e insostenible y que el riego de campo de golf es prioridad 6 (usos recreativos) en base al art. 60 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, no estando aseguradas en un futuro, debido al déficit de comentábamos, otras prioridades como es el abastecimiento urbano o los regadíos y usos agrarios. A nuestro juicio, el ahorro que se produce en el uso del agua por mejoras técnicas, reutilización o cese de actividades ha de contribuir a paliar el déficit existente, y no debe alentar nuevos usos que contribuyan a perpetuar el déficit.

CUARTA: En cuanto a Áreas de interés natural consideramos que la Memoria Ambiental debe hacer referencia por su importancia y cercanía a los Roquedos de la Sierra de la Magdalena, recogidos como Microreservas Botánicas de la Región de Murcia en Sánchez Gómez et al (2005), Lugares de Interés Botánico de la Región de Murcia, editado por Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Región de Murcia y Universidad de Murcia.

QUINTA: Para aminorar los efectos producidos por la iluminación nocturna del campo de golf, en especial sobre la fauna, proponemos evitar la permanente iluminación exterior de la instalación, recurriendo al uso de sensores de presencia o movimiento y en todo caso la aplicación de medidas de protección y mejora de la calidad del medio nocturno y prevención de la contaminación lumínica.

SEXTA: El Plan General Municipal de Ordenación de Yecla se encuentra en la actualidad en fase de revisión, en concreto, en diciembre de 2005 se aprobó el documento de Avance, por lo que todavía no se han definido los usos y actividades compatibles en el Suelo no Urbanizable. De modo preventivo, el 28 de noviembre de 2005 el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Yecla, ante un número importante de solicitudes de construcción de campos de golf y urbanizaciones en el término municipal de Yecla, los desestimó indicando que su aprobación supondría la adopción de nuevos criterios respecto al modelo de desarrollo urbano y territorial presente en el vigente PGMO, instando a los interesados a planear las mismas solicitudes como alegaciones y/o sugerencias al Avance de la Revisión del Plan General. Por tanto, asumiendo los argumentos del Ayuntamiento de Yecla, consideramos que proyectos como el que se tramita deberían esperar a la aprobación de un nuevo Plan General Municipal de Ordenación de Yecla, que será quien dictaminará el modelo territorial y quien definirá los usos y actividades compatibles en el suelo rústico.

En Yecla, a 24 de junio de 2008.


REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
SECRETARIA AUTONÓMICA PARA LA SOSTENIBILIDAD.
DIRECIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL.
SERVICIO DE CALIDAD AMBIENTAL.

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