5 de diciembre de 2007

Alegaciones al Estudio de Impacto Ambiental y Proyecto para la realización de Huerto Solar en paraje “Herrada del Manco" Yecla (Murcia)

http://faunayfloraanida-yecla.blogspot.com/

La Asociación Naturalista para la Investigación y Defensa del Altiplano (ANIDA) con domicilio en C/ Esteban Díaz, nº 52 Entresuelo A de Yecla, ante el Estudio de Impacto Ambiental y Proyecto para la realización de Huerto Solar promovido por La Toconera Fotovoltaica S.L. en paraje “Herrada del Manco en Yecla con Expediente nº EIA 1476/07 y publicado en el B.O.R.M. nº 241 de fecha 18 de octubre de 2007 presenta las siguientes alegaciones:

PRIMERA: En la parcela 169 del polígono 42 existen seis ejemplares de encina (Quercus ilex subsp. ballota) de destacado porte y otros ejemplares de espino negro y torvisco que están recogidos como Lugar de Interés Ambiental nº 57 (Encinas de la Rambla de Tomate) del Mapa Ecológico del Término Municipal de Yecla, aprobado por el Pleno Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Yecla el 28 de diciembre de 2005, proponiendo un perímetro de protección alrededor de dichos ejemplares de 30 x 12 metros (360 m2). Se trata de una especie relicta en esta parte del término municipal y está calificada como de interés especial por el Decreto nº 50/2003, de 30 de mayo por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia y se dictan normas para el aprovechamiento de diversas especies forestales. De igual modo el espino negro (Rhamnus lycioides) también está incluido en el Decreto nº 50/2003. Además este conjunto vegetal es posadero de numerosas aves al ser un elemento sobresaliente en la zona. El Estudio de Impacto Ambiental indica que “está prevista su conservación e integridad en el desarrollo de la actividad”, pero no explica de qué forma....

Es necesario adoptar alrededor de los ejemplares un perímetro de protección amplio con el objeto de evitar que las zapatas o zanjas dañen el sistema radicular de los árboles o que el paso de la maquinaria compacte el terreno. En este sentido es necesario asegurar que las encinas obtengan los aportes hídricos necesarios para su supervivencia, por lo que es preciso evitar que las modificaciones de la estructura del suelo o los cambios de pendiente supongan una disminución del agua disponible. En relación con el polvo emitido por las labores de construcción de la planta solar, puede afectar al metabolismo de los ejemplares de encina por lo que habría que realizar lavados las veces que resultara necesario.
Estas medidas descritas deberían ser de aplicación a los ejemplares de enebros que se encuentran dentro del perímetro del parque solar y que también propone el EIA su conservación.

SEGUNDA: En las parcelas 169 y 171 del polígono 42 aparecen setos interparcelarios compuestos principalmente por espino negro (Rhamnus lycioides) y enebros (Juniperus oxycedrus subsp. oxycedrus) ambas especies recogidas en el Decreto nº 50/2003, de 30 de mayo por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia y se dictan normas para el aprovechamiento de diversas especies forestales. También es sabida la importancia de este tipo de setos en el mantenimiento de la biodiversidad en el medio rural. De igual modo que los ejemplares de enebro van a ser conservados como indica la Memoria Ambiental, debería también contemplarse la conservación de los setos interparcelarios y de su vegetación asociada como es el caso de los espinos, disponiendo una serie de medidas para evitar su deterioro, similares a las propuestas para las encinas.

TERCERA: La parcela 22 del polígono 41, la parcela 172 del polígono 42 y parte de la parcela 171 del polígono 42 poseen un inequívoco estado forestal. Dado que la superficie ocupada por los paneles fotovoltaicos es menor que la del total de las parcelas donde se pretende ubicar los paneles, se deberían utilizar únicamente las zonas no ocupadas por la vegetación.

CUARTO: El proyecto de campo solar linda en uno de sus lados con la Rambla de Tomate, a tenor de la legislación vigente, Dominio Público Hidráulico, por lo que observamos que debería requerirse certificación al Órgano de Cuenca correspondiente relativa a la delimitación de dicho Dominio para evitar ocupaciones indebidas.

QUINTO: Consideramos que para evitar procesos erosivos dentro del recinto del parque solar es conveniente reforestar las zonas libres entre paneles solares.

SEXTO: En el caso del vallado perimetral de la instalación consideramos y en función de la atracción que para la fauna puede ejercer el conjunto de encinas, enebros y setos interparcelarios sería conveniente la colocación de un vallado de tipo cinegético y un seto perimetral, tanto para aumentar la visibilidad de la malla como para evitar los impactos sobre el paisaje de la instalación.

SÉPTIMA: Para evitar problemas sobre la fauna nocturna y contaminación lumínica en el medio rural, los sistemas de iluminación del parque solar deberían proyectar la luz hacia el suelo, evitando los problemas descritos.

OCTAVA: Para evitar afecciones sobre la fauna avícola de la zona, proponemos que todos los tendidos eléctricos aéreos posean dispositivos anticolisión.


En Yecla, a 22 de noviembre de 2007.

SR. ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE YECLA

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