5 de febrero de 2006

Modelo Instancia (alegación PGOU)

 
 
 D.______________________________________________________________ con D.N.I. nº_____________ y domicilio en__________________________________
de___________________________ ante el Sometimiento a información pública del Avance de la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación  de Yecla publicado en el B.O.R.M. de fecha 22 diciembre de 2005  manifiesta lo siguiente:
 
1.Compartimos las razones por las que  el Avance del PGMO apuesta por un modelo territorial que combina la salvaguarda ambiental y el crecimiento compacto del núcleo urbano. Este modelo territorial es el que mejor se acomoda a los criterios de sostenibilidad. Es un modelo que, con las debidas correcciones, contribuye a una vida social cohesionada, al intercambio y a la comunicación de los ciudadanos, al ahorro de suelo, energía, agua y demás recursos naturales, a la preservación de  los sistemas agrarios y los espacios naturales y que permite gestionar los recursos públicos de manera más eficaz.
 
2.Rechazamos la posibilidad del desarrollo puntual en el suelo rústico de las denominadas urbanizaciones ya que contradice las razones que sustentan la elección del modelo de crecimiento compacto del núcleo urbano, es decir, se está planteando de forma indirecta la configuración de un modelo territorial difuso, que a todos los efectos en un modelo que frente al anterior es mucho más insostenible. La creación de urbanizaciones en el entorno rural tienen una serie de consecuencias medioambientales, sociales y económicas que no estamos en disposición de asumir en base a la utilización racional de los recursos naturales (suelo, agua, energía…), de los recursos públicos (sanidad, educación, servicios, infraestructuras) y cuando existen  otras alternativas de desarrollo que redundan en el interés general frente al particular.
 
 Por tanto, considero que debe excluirse del Avance de la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación de Yecla la posibilidad de desarrollar complejos urbanísticos en el suelo rústico (propuesto como suelo no urbanizable protegido por el planeamiento por sus altos valores paisajístico–agrícolas y culturales y aquellos protegidos por considerarse inadecuados para la urbanización dentro del un modelo territorial sostenible), por entender que no se ajusta a la filosofía básica que configura dicho Avance y por ser un modelo que atenta contra los criterios básicos de un desarrollo sostenible.
 

     En Yecla, a _______ de _____________ de 2006
 
 
 
 
 
 
 

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE YECLA.

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